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Bono social eléctrico y térmico: requisitos, descuentos y solicitud

El bono social eléctrico es un descuento regulado sobre la factura de la luz para hogares considerados consumidores vulnerables. A él se suma el bono social térmico, una ayuda anual de pago único para calefacción, agua caliente y cocina que se concede automáticamente a quienes ya tienen el eléctrico.

Es una de las ayudas con mayor porcentaje de hogares que tendrían derecho y no la solicitan, sobre todo entre pensionistas y familias numerosas.

En resumen

  • Es un descuento en la factura, no un pago que se ingresa.
  • Exige tener contratado el PVPC con una comercializadora de referencia.
  • Las familias numerosas y los pensionistas con pensión mínima acceden sin límite de renta.
  • El bono térmico se concede de oficio a quienes tienen el eléctrico a 31 de diciembre.

Requisito previo: el PVPC

Para acceder al bono social eléctrico es imprescindible tener contratado el Precio Voluntario para el Pequeño Consumidor (PVPC) con una comercializadora de referencia (COR).

Si tienes contratada una tarifa del mercado libre, el descuento no puede aplicarse: primero hay que cambiar al PVPC. El cambio es gratuito y no implica ninguna obra ni corte de suministro.

Este es el filtro que deja fuera a más gente

Muchos hogares cumplen todos los requisitos de renta pero tienen una tarifa del mercado libre y, por tanto, se les deniega. Comprueba en tu factura qué tarifa tienes antes de solicitar.

Quién puede solicitarlo

Por nivel de renta

Los umbrales se calculan sobre el IPREM de 14 pagas y varían según la composición del hogar:

Situación del hogarLímite de renta
Sin menores2 × IPREM
Con 1 menor2,5 × IPREM
Con 2 menores3 × IPREM

Estos multiplicadores se incrementan cuando concurre alguna de estas circunstancias:

  • Familia monoparental.
  • Algún miembro con discapacidad igual o superior al 33 %.
  • Algún miembro víctima de violencia de género o de terrorismo.
  • Algún miembro en situación de dependencia de grado II o III.

Sin límite de renta

Acceden directamente, con independencia de sus ingresos:

  • Familias numerosas, acreditando el título en vigor.
  • Pensionistas del sistema de la Seguridad Social que perciban la cuantía mínima de jubilación o incapacidad permanente, siempre que sean los únicos ingresos del hogar.

Categorías y descuentos

CategoríaQuién entra
Consumidor vulnerableCumple los umbrales generales de renta o pertenece a los colectivos con acceso automático
Consumidor vulnerable severoSus ingresos se sitúan por debajo de umbrales más estrictos, aproximadamente la mitad de los generales
Consumidor en riesgo de exclusión socialEs vulnerable severo y además está atendido por los servicios sociales de su comunidad o ayuntamiento, que cofinancian la factura

Los porcentajes han cambiado varias veces

El descuento base del bono social se elevó de forma extraordinaria durante la crisis energética y después ha ido recuperando progresivamente sus niveles ordinarios, mediante prórrogas sucesivas. Por eso no publicamos un porcentaje fijo: consulta el vigente en el portal oficial del bono social antes de calcular tu ahorro.

La tercera categoría es especialmente protectora: el consumidor en riesgo de exclusión, atendido por los servicios sociales, queda exento del pago de la factura en los términos previstos y, además, no puede ser objeto de corte del suministro.

Límites de consumo

El descuento no se aplica a un consumo ilimitado: existe un límite anual de energía con derecho a descuento, que varía según la composición del hogar (si hay menores, si es familia numerosa). El consumo que exceda ese límite se factura sin bonificación.

Cómo solicitarlo

  1. Comprueba tu tarifa. Debes tener PVPC con una comercializadora de referencia. Si no la tienes, solicita el cambio antes.
  2. Descarga el formulario de solicitud en la web de tu comercializadora de referencia o en el portal oficial del bono social.
  3. Reúne la documentación: DNI/NIE de todos los miembros del hogar, certificado de empadronamiento colectivo, libro de familia, última factura de la luz y, si procede, título de familia numerosa o certificado de pensión mínima.
  4. Envía la solicitud a tu comercializadora de referencia, por el canal que indique (correo electrónico, sede web o correo postal).
  5. Espera la resolución, que debe notificarse en un plazo máximo de 15 días hábiles.

La renovación no es automática

El bono social se concede por un periodo de dos años y hay que renovarlo. La comercializadora debe avisar con antelación, pero la responsabilidad de solicitar la renovación es del beneficiario. Anota la fecha: dejar caducar el bono es el error más frecuente.

El bono social térmico

Es una ayuda anual y de pago único destinada a cubrir gastos de energía para calefacción, agua caliente sanitaria y cocina.

  • Se concede de oficio: no hay que solicitarla.
  • Son beneficiarios quienes tenían reconocido el bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior.
  • Su importe depende de la zona climática donde resida el hogar y del grado de vulnerabilidad reconocido.
  • Se abona mediante transferencia bancaria.

Si te cambias de casa

El bono social está vinculado al punto de suministro y a la vivienda habitual. Si te mudas, debes comunicarlo y tramitar de nuevo la ayuda para el nuevo suministro. No se traslada solo.

Otras ayudas relacionadas

  • Ayudas de emergencia social de ayuntamientos y comunidades autónomas para el pago de suministros, que suelen tramitarse en los servicios sociales municipales.
  • Programas autonómicos de eficiencia energética y de rehabilitación, que reducen el consumo de forma estructural.
  • Protección frente al corte de suministro para consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión.

Errores frecuentes

  • Tener tarifa del mercado libre y no cambiar al PVPC antes de solicitar.
  • Olvidar la renovación a los dos años.
  • No comunicar cambios en la composición del hogar o en los ingresos.
  • Desconocer el acceso sin límite de renta de familias numerosas y pensionistas con pensión mínima.
  • No pedir la ayuda municipal complementaria en los servicios sociales cuando hay riesgo de impago.

Preguntas frecuentes

¿Cuánto se ahorra con el bono social eléctrico?

Es un porcentaje de descuento sobre el término de potencia y energía del PVPC, distinto según se sea vulnerable o vulnerable severo. Los porcentajes se han modificado varias veces: consulta el vigente en el portal oficial.

¿Puedo pedirlo con una tarifa del mercado libre?

No. Es imprescindible contratar el PVPC con una comercializadora de referencia. El cambio es gratuito.

¿Las familias numerosas tienen derecho automático?

Sí, sin límite de renta, presentando el título de familia numerosa en vigor.

¿Hay que solicitar el bono social térmico?

No. Se concede de oficio a quienes tienen el bono social eléctrico reconocido a 31 de diciembre del año anterior.

¿Cada cuánto hay que renovar?

Cada dos años. La renovación debe solicitarse; no se produce de forma automática.

¿Me pueden cortar la luz si tengo el bono social?

Los consumidores vulnerables severos en riesgo de exclusión, atendidos por los servicios sociales, están protegidos frente al corte de suministro en los términos previstos en la normativa.


Aviso

IP1Blog es un medio informativo independiente y no es una web oficial. Los porcentajes de descuento y los umbrales han sido modificados en varias ocasiones por prórrogas sucesivas: verifica siempre los vigentes en el portal oficial antes de solicitar.

Marina Silva

Responsable editorial de IP1Blog. Coordina la selección de temas a partir de las dudas más repetidas de los lectores, contrasta cada dato frente a la normativa publicada en el BOE y a la información de los organismos gestores, y revisa los artículos antes de publicarse y cada vez que cambia la norma que los afecta. Su criterio de trabajo: si una explicación no se entiende a la primera, está mal escrita.