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Unidad de convivencia en el IMV: cómo se define y por qué es decisiva

La unidad de convivencia es el concepto que determina casi todo en el Ingreso Mínimo Vital: cuánto te corresponde, qué ingresos se suman para valorar tu situación y qué límite de patrimonio se te aplica. También es, con diferencia, el punto donde más solicitudes se tuercen.

El motivo es que mucha gente la confunde con “las personas que viven en mi casa” o con “quienes estamos empadronados aquí”. No es lo mismo, y la diferencia puede decidir si te conceden o te deniegan la prestación.

En resumen

  • Es el conjunto de personas unidas por matrimonio, pareja de hecho o parentesco hasta el segundo grado que conviven en el mismo domicilio.
  • Compartir piso con amigos o desconocidos no crea una unidad de convivencia común.
  • Con carácter general debe estar constituida al menos seis meses antes de la solicitud.
  • De su composición dependen la renta garantizada, el test de rentas y el límite de patrimonio.

Qué dice la ley

La Ley 19/2021 define la unidad de convivencia como la formada por todas las personas que residan en un mismo domicilio y estén unidas entre sí por:

  • Vínculo matrimonial o como pareja de hecho.
  • Vínculo de parentesco hasta el segundo grado, por consanguinidad o afinidad.
  • Adopción, guarda con fines de adopción o acogimiento familiar permanente.

Qué significa “hasta el segundo grado”

El grado de parentesco se cuenta por generaciones de distancia:

GradoParientes incluidos
Primer gradoPadres, hijos, suegros, yernos y nueras
Segundo gradoAbuelos, nietos, hermanos, cuñados

Los tíos y sobrinos son parientes de tercer grado y, por tanto, quedan fuera de la unidad de convivencia. Los primos son de cuarto grado y tampoco se incluyen.

Un ejemplo que aclara mucho

Si vives con tu hermana y su hijo, tu hermana es pariente de segundo grado (forma unidad contigo) y tu sobrino es de tercer grado. En la práctica, el INSS analizará si existen una o varias unidades de convivencia en ese domicilio, porque el menor forma unidad con su madre.

Quién no forma parte de tu unidad de convivencia

  • Los compañeros de piso sin vínculo de parentesco ni de pareja.
  • Los tíos, sobrinos y primos, por exceder el segundo grado.
  • Los inquilinos de una habitación alquilada en tu vivienda.
  • Las personas simplemente empadronadas en el domicilio sin residir de forma efectiva.

Que varias personas compartan un piso no impide que cada una solicite el IMV por separado, si cumple los requisitos. Lo que ocurre es que la ley prevé reglas específicas para los domicilios en los que conviven dos o más unidades de convivencia independientes.

El requisito de antigüedad: seis meses

Con carácter general, la unidad de convivencia debe estar formada al menos durante los seis meses anteriores a la presentación de la solicitud, y esa continuidad debe poder acreditarse.

Este requisito no se exige en determinados supuestos, entre ellos:

  • El nacimiento, adopción o acogimiento de un menor que se incorpora al hogar.
  • Las situaciones derivadas de violencia de género o de trata.
  • Los casos de separación, divorcio o ruptura de la pareja de hecho, cuando generan una nueva unidad.
  • El fallecimiento de uno de los miembros.

Cómo se acredita

El documento central es el certificado de empadronamiento colectivo e histórico, que expide tu ayuntamiento y que acredita dos cosas a la vez: quién vive en el domicilio y desde cuándo.

Junto a él, suelen requerirse:

  • Libro de familia o certificados literales de nacimiento, para probar el parentesco.
  • Certificado de pareja de hecho, si procede.
  • Convenio regulador o sentencia judicial, en supuestos de separación o divorcio.
  • Documentación acreditativa de las situaciones excepcionales que eximen del requisito de antigüedad.

Revisa tu empadronamiento antes de solicitar

Si en tu padrón figura alguien que ya no vive en la vivienda, el INSS computará sus ingresos y probablemente te deniegue la prestación. Dar de baja a quien ya no reside allí es un trámite municipal gratuito, y conviene hacerlo antes de presentar la solicitud, no después.

Casos particulares que generan dudas

Solicitar el IMV en solitario

Si vives solo, no formas unidad de convivencia: eres un beneficiario individual. En ese caso se exige acreditar haber vivido de forma independiente durante al menos los dos años anteriores a la solicitud, con excepciones tasadas (víctimas de violencia de género o de trata, entre otras).

Separación o divorcio reciente

La ruptura genera una nueva unidad de convivencia y exime del requisito de los seis meses. Hay que aportar la resolución judicial o el convenio regulador, y acreditar el nuevo domicilio.

Hijos mayores de edad que siguen en casa

Un hijo mayor de edad que convive con sus padres forma parte de la unidad de convivencia y sus ingresos computan en el test de rentas. Si trabaja, ese salario se suma al del hogar y puede hacer que la unidad supere el umbral.

Vivir en casa de un familiar

Si te has trasladado a casa de tus padres o de un hermano, te integras en su unidad de convivencia y se computan los ingresos conjuntos. No puedes solicitar el IMV como persona sola mientras convivas allí.

Personas sin domicilio estable

La ley prevé reglas específicas para quienes residen en establecimientos colectivos o carecen de domicilio. En estos supuestos, los servicios sociales emiten un informe que acredita la situación y sustituye al certificado de empadronamiento ordinario.

Cómo influye en el importe

La composición de la unidad determina la renta garantizada aplicable, que es la referencia frente a la que se comparan tus ingresos:

SituaciónEfecto sobre la renta garantizada
Persona solaCuantía base (100 %)
Cada miembro adicionalIncremento del 30 %, hasta un máximo acumulado del 220 %
Familia monoparentalComplemento adicional del 22 %
Menores en el hogarDa derecho al Complemento de Ayuda para la Infancia

Errores frecuentes

  • Incluir a compañeros de piso como parte de la unidad, o asumir que sus ingresos cuentan.
  • No actualizar el padrón tras una mudanza o una ruptura.
  • Olvidar que los hijos mayores que trabajan computan en el test de rentas.
  • Solicitarlo en solitario sin acreditar la vida independiente de los dos años previos.
  • No documentar las excepciones al requisito de los seis meses cuando concurren.

Preguntas frecuentes

¿Mi compañero de piso cuenta en mi unidad de convivencia?

No, si no existe vínculo matrimonial, de pareja de hecho ni de parentesco hasta el segundo grado. Cada uno puede solicitar el IMV por separado si cumple los requisitos.

¿Cuentan los ingresos de mi hijo mayor de edad?

Sí, si convive contigo forma parte de la unidad de convivencia y sus ingresos se suman en el test de rentas.

¿Y si acabo de separarme?

La separación genera una nueva unidad de convivencia y exime del requisito de antigüedad de seis meses. Deberás aportar la sentencia o el convenio regulador.

¿Mi sobrino forma parte de mi unidad si vive conmigo?

No: los sobrinos son parientes de tercer grado y quedan fuera. El menor formará unidad con su progenitor si este también reside en el domicilio.

¿Puedo pedir el IMV si vivo con mis padres?

Formarás parte de su unidad de convivencia, con lo que se computarán los ingresos de todo el hogar. No podrías solicitarlo como persona sola.

¿Qué pasa si alguien empadronado ya no vive en casa?

Sus ingresos se computarán igualmente y eso puede provocar la denegación. Solicita su baja en el padrón municipal antes de presentar la solicitud del IMV.


Aviso

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Marina Silva

Responsable editorial de IP1Blog. Coordina la selección de temas a partir de las dudas más repetidas de los lectores, contrasta cada dato frente a la normativa publicada en el BOE y a la información de los organismos gestores, y revisa los artículos antes de publicarse y cada vez que cambia la norma que los afecta. Su criterio de trabajo: si una explicación no se entiende a la primera, está mal escrita.